El ente superior se declaró ajena a la “competencia originaria” en la demanda que promovió el trabajador rural bonaerense David Gabriel Díaz. Este reclamaba una indemnización de casi 5 millones de pesos en concepto de daños y perjuicios derivados por las lesiones que sufriera en manos de la Policía Pampeana.
El denunciante argumentó daños y perjuicios derivados por una lesión que habría sufrido en una pierna a raíz de los disparos -balas de goma- que realizó la Policía de La Pampa en una manifestación en el límite interprovincial con la provincia de Buenos Aires en el año 2016.
Incidentes – Este hecho ente se produjo el pasado 9 de febrero de 2016 cuando un grupo de pobladores de las localidades de Villa Sauze y Sansinena tomaron conocimiento que una máquina retroexcavadora pampeana se disponían a abrir las alcantarillas en el Meridiano V para liberar el drenaje de una gran cantidad de agua del Río V que se había acumulado en territorio pampeano. Los vecinos se concentraron en la Ruta 2 y camino del Meridiano V, para impedir el trabajo de los pampeanos porque temían que la masa de agua anegase ambas localidades.
El entonces Gobernador Carlos Verna realizó previamente una recorrida donde dicen constató que los bonaerenses habían taponado las alcantarillas para que el agua escurra normalmente. Fue allí que intentó transmitir sus quejas a la entonces mandataria bonaerense María Eugenia Vidal, dicen que la mandataria no respondió los llamados telefónicos: «Tenemos que asegurar que toda el agua que entre a La Pampa salga» expresaba Verna en la recorrida por la zona afectada por la crecida del río Quinto. En aquella oportunidad, hubo momentos de tensión y la policía pampeana realizó disparos con balas de goma.
El demandante argumentó que fue alcanzado por cinco disparos – Tres le habrían provocaron la fractura de tibia y peroné, más la consecuente desaparición de su masa muscular. Y dos disparos le produjeron lesiones en la pierna derecha. El damnificado fue asistido en el Hospital de Intendente Alvear: “Allí extrajeron cinco perdigones y la tapa de un cartucho. Posteriormente debió ser intervenido quirúrgicamente en tres ocasiones para intentar reconstruir su pierna izquierda”. Ahora la Procuradora Fiscal de la CSJ opina que el caso no corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema.
Síntesis de la resolución – La resolución declara que es ajena a la competencia en la demanda contra la Provincia de La Pampa promovida por un trabajador rural con domicilio en la Provincia de Buenos Aires. Entiende que el actor reclama una indemnización, imputándole responsabilidad extracontractual a La Pampa por la presunta falta de servicio en que habrían incurrido sus órganos policiales -materia que está regida por el derecho público local y en consecuencia- corresponde al resorte exclusivo de los jueces provinciales.
Fuente InfoPico.



