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sábado 18 abril, 2026
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Hubo multas económicas al dueño de la camioneta y a quien manejaba

El Juzgado de Faltas hizo pública la sentencia sobre el caso del siniestro vial en calle Maipú. El propietario de la camioneta que se incrustó en el local del martillero Roberto Fernández pagará 123.250 pesos y el joven que conducía la Chevrolet 137.750 pesos.

El informe elaborado para la prensa por parte del Dr. Alejandro Belfiori, juez de Faltas de Rivadavia, el «día 4 de julio de 2023 a las 2:20 AM un vehículo conducido por un menor de 17 años sin licencia de conducir por la calle Maipú,  pierde el control del mismo embistiendo de frente un local comercial, el cual queda destruido por el fuerte impacto. Como consecuencia del hecho narrado se labraron dos actas de infracción confeccionadas por la GUM y la Policía, las cuales ingresaron al Juzgado de Faltas para su juzgamiento». 

Dato: Al momento de cuantificar el monto de las multas impuestas como sanciones se tuvo en cuenta la gravedad de los hechos por los cuales se labraron las actuaciones.

Cómo fueron las sanciones  

«Al propietario del vehículo se lo sancionó con el valor de 850 unidades fijas (valores establecidos por Provincia de Buenos Aires) -cuyo monto asciende a $246.500- y se le imputó ceder vehículo de su propiedad a persona no habilitada para conducir, el cual pierde control del manejo y destruye el frente de una propiedad privada» explicó el juez.

Pero por reconocimiento de la autoría de la infracción y del pago voluntario de la multa, la misma quedo reducida a $123.250.

Mientras que al conductor del vehículo, un joven de 17 años, fue sancionado con 950 unidades fijas -cuyo monto asciende al valor de $ 275.500, aquí los artículos infringidos refieren a: conducir vehículo sin tener licencia de conducir, al cual se le suma perder el control de manejo del rodado, ocasionando de esta manera daños severos contra la propiedad privada.

Por reconocimiento de la autoría de la infracción y pago voluntario de la multa, la misma quedo reducida a $ 137.750. En este caso la multa impuesta al menor fue abonada por uno de sus progenitores.

Recordemos que el pago voluntario de la multa es un derecho que la Ley Nacional de Transito 24.449 en su artículo 85 le concede a los infractores cuando reconocen la autoría de la infracción, quedando el valor de la multa reducida en un 50 %.

 

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