La bancada massista presentó un proyecto de ordenanza con el objetivo de que adhiera al decreto 93/18. Esta iniciativa fue emitida meses atrás por el presidente Mauricio Macri y prohíbe que familiares de funcionarios trabajen para el Ejecutivo.
En ese sentido, los ediles del Frente Renovador expusieron que “es fundamental trasladar esos valores a la administración pública del municipio de Rivadavia ya que el Estado municipal debe promover las buenas prácticas en la gestión pública buscando la mejora continua de la institucionalidad, la integridad y la transparencia”.
A su vez la concejal, Ana Paula Sallaber, apuntó que “resulta extraño que desde la gestión local no hayan dado el visto bueno a esta iniciativa debido a que constantemente se suman a iniciativas enviadas por el Ejecutivo como la adhesión al Pacto Fiscal”.
Además, detalló que “desde el Frente Renovador buscamos ser una oposición responsable y como criticamos aquellas cosas que están mal también apoyamos aquellas que consideramos que aportan y esta es una de ellas porque hacen a las buenas prácticas gubernamentales”.
Cabe destacar que la iniciativa busca establecer que “no podrá efectuarse la designación de personal, en el sector público municipal, bajo cualquier modalidad, de quien tenga vínculo de parentesco tanto en línea recta como colateral hasta el segundo grado con el Intendente municipal, Secretarios, Subsecretarios, Directores, Jefes de compras, Contador municipal y Tesorero municipal. Quedan incluidos el conyugue, la unión convivencial y parientes de éstos”.
En esa línea, se aclara que “se entiende como sector publico Municipal el integrado por la Municipalidad de Rivadavia, el Honorable Concejo Deliberante, el Consejo Escolar y el Hospital Municipal”. Asimismo, quedan exceptuados de las obligaciones dispuestas por la ordenanza “las personas designadas y/o a designar mediante procesos de selección competitivos y meritocráticos por Concursos Públicos de antecedentes o que cuenten con estabilidad en el cargo”.
Por último, “las personas cuyas designaciones a la fecha del presente se encuentren comprendidas cesaran en sus cargos a los 60 días de la aprobación de la presente ordenanza”.



