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sábado 2 diciembre, 2023
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Roberto Fernández -agente inmobiliario- explica la nueva ‘Ley de Alquileres’

En qué cambia respecto a la anterior. Quiénes se benefician. Cómo se aplicarán los aumentos. 

Plazo mínimo de la locación de inmueble: el contrato de locación de inmueble, cualquiera sea su destino, si carece de plazo expreso y determinado mayor, se considera celebrado por el plazo mínimo legal de tres (3) años, excepto los casos del artículo 1.199.

Plazo máximo: el tiempo de locación, cualquiera sea su objeto, no puede exceder de 20 años para el destino habitacional y 50 para los otros destinos.

Ajustes: los contratos de locación, cualquiera sea su destino, estarán exceptuados de lo dispuesto en los artículos 7° y 10° de la Ley N° 23.928 y sus modificatorias. En los contratos de locación de inmuebles con destino a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse como valor único, en moneda nacional, y por períodos mensuales, sobre el cual podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes y por intervalos no inferiores a seis (6) meses. A los fines dispuestos en el párrafo anterior, los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0, 9 de la variación del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) publicado por el INDEC y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) publicado por el Banco Central de la República Argentina. Este coeficiente es el denominado Índice ‘CASA PROPIA’.

El índice Casa Propia es un indicador el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat que se utiliza desde 2021 para calcular la actualización de las cuotas de los créditos hipotecarios Casa Propia y Procrear II.

¿COMO SERÁ EL NUEVO CÁLCULO?

Para calcular el aumento del canon locativo se tendrá que tomar los valores del coeficiente Casa Propia de los últimos 6 meses, multiplicarlos entre sí, y a ese resultado, multiplicarlo por el importe del año.

 

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